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Defensor del Pueblo de la Nación

Asociación Defensores del Pueblo de la República Argentina
Defensoría de la Ciudad de Buenos Aires
actuación nº 544

Mar del Plata, 2 de noviembre de 2004.-

VISTO

Lo preceptuado en el art. 139', inc. h) de la Ordenanza 13663.


CONSIDERANDO

Que la actuación mencionada es coincidente con otras presentadas ante esta Defensoría, agraviándose el recurrente, quien tiene un hijo discapacitado que se moviliza en silla de ruedas, sobre la ocupación de la vía pública, por parte de comercios, en especial los que comercializan frutas y verduras, excediéndose con sus cajones y/o exhibidores, el metraje establecido por la normativa vigente.
Que lo expuesto precedentemente impide la normal circulación no solo de discapacitados, sino de peatones en general o madres que transportan bebes en cochecitos.
Que la presentación si bien citaba un comercio en particular, la hacía igualmente extensiva a otros.
Que con fecha 11 de agosto de 2003, se eleva nota al Titular de la Dirección General de Inspección General, dando traslado de la queja y requiriendo su intervención en el tema.
“Que el funcionario, en varias misivas solo se limitó a responder sobre el actuado en el comercio en particular por lo que el 20 de enero de 2004, la Defensoría del Pueblo formuló la siguiente Recomendación: "... Los comerciantes, que ocupan la vía pública con exhibidores, los mismos deben ser colocados con las medidas estipuladas en la reglamentación vigente. (Ordenanza 7370 y su modificatoria Ordenanza 11.581) no debiendo dificultar el desplazamiento de personas, en especial de aquellas que se movilizan a través de sillas ruedas...".
Que el 30 de enero de 2004, el Sr. Director general de Inspección General, Don Claudio Gómez, acusa recibo de la mencionada Recomendación y solicita "... se comprenda las limitaciones operativas con las que contamos, que no nos permite llegar con la solución inmediata y contundente que muchas veces reclama el vecino de Mar del Plata, y por supuesto, que nosotros desearíamos ...".
Que el 5 de febrero de 2004, el Diario La Capital, publica una nota periodística titulada "Hay 35 inspectores para controlar el caos del centro y varios barrios", incluyendo en sus párrafos que "... El Director de Inspección General de la comuna, Claudio Gómez reconoció que su área posee escaso personal para controlar la vía pública, especialmente durante el verano...".
Que al día siguiente el mismo matutino hace referencia a que con "buenos reflejos" el Secretario de Gobierno. Dr. Jesús Porrúa, decidió que 5 o 6 agentes municipales de la Dirección de Tránsito se sumen a la Dirección General de Inspección General.
Que ante la respuesta enviada por el Sr. Claudio Gómez y las publicaciones citadas, con fecha 19 de febrero de 2004, se remite nota al funcionario nombrado en la que se manifestaba: "... vista la respuesta que Ud. otorga con fecha 30 de enero de 2004, y en relación con el contenido de la misma, quiero expresar al respecto, que sólo basta recorrer las calles del centro de la ciudad, para corroborar las infracciones que se concretan, invadiendo el sector de la vereda que corresponde al paso de los peatones, sumadas a otras que agravian a vecinos y turistas. Del análisis de la misma, cuando alude a "las limitaciones operativas" con las que cuenta, coincidentes con las declaraciones periodísticas que realizó la semana anterior a distintos medios, surge que esa dependencia no ha proyectado debidamente el mecanismo con el que llevaría a cabo los controles lógicos de la temporada, que garantice él
cumplimiento de las normas vigentes, y que debería haber previsto, ya que no es el primer periodo que Ud. está a cargo de esas funciones...".
Que además se agregaba que: "... resultaría de interés que remita el listado completo, actualizado, del personal con que cuenta esa dependencia, incluyendo nombre, legajo, cargo, funciones a la que está afectado y en el caso de encontrarse en uso de licencia, el período y motivo de la misma..."
Que fue respondida la nota mencionada precedentemente y enviada la documental requerida, con fecha 11/03/04, en la cual entre otras cosas hace entender que no es veraz que haya hecho las declaraciones publicadas en el Diario La Capital y que ha manifestado permanentemente ante quien correspondía las necesidades de su dependencia.
Que estudiadas las planillas remitidas, en las cuales constan las licencias otorgadas al personal de la Dirección General de Inspección General, en el período diciembre 2003/marzo 2004, surge que en diciembre hicieron uso de los códigos 13, 14 y 18: 40 agentes, en enero: f 26, en febrero: 18 y en marzo: 23, sobre un total de 116.
Que si bien no se puede considerar al Estado como a una empresa, en esta
ocasión valdría la pena hacemos el siguiente cuestionamiento, ¿se le ocurriría a un hotelero de nuestra ciudad otorgar licencia a su personal en los meses de temporada?. La respuesta sería obvia.
Que en el portal oficial de la Municipalidad del Partido de general Pueyrredon (mardelplata.gov.ar), en la sección Turismo dice: "Desarrollada bajo el impulso del turismo, Mar del Plata se conjuga perfectamente el encanto de sus recursos naturales, la jerarquía de la infraestructura y equipamiento, el servicio acorde y el espíritu de la hospitalidad de sus habitantes. Una dad donde cada uno encuentra su lugar ...". Estas afirmaciones se verían contradictorias en la ciudad un discapacitado no puede recorrer sus calles con comodidad porque encuentra obstaculizado su o con diversas ocupaciones de la vía pública, además de las molestias que se le ocasionan al propio infante.
Que un funcionario no puede justificar el no poder otorgar respuesta a los reclamos en la forma "inmediata y contundente que muchas veces reclama el vecino", por contar con "limitaciones operativas", porque esa es su función, obtener y optimizar los recursos que necesita, ya que esta obligado a hacer cumplir la reglamentación vigente y realizar los controles que sean pertinentes.
Por todo lo expuesto, la Defensoría del Pueblo del Partido de General Pueyrredon formula la siguiente:

RECOMENDACIÓN


El Departamento Ejecutivo y la Dirección General de Inspección General deberán proveer antes del inicio de la próxima temporada estival los recursos necesarios para realizar los controles en la vía pública que garanticen el cumplimiento de la normativa vigente y la calidad de vida de sus habitantes y de los turistas que nos visiten.
Comuniqúese al Sr. Intendente Municipal, a la Dirección General de Inspección General y al Honorable Concejo Deliberante.